Ruiz Ortiz, Bernabé

Ficha

Apellidos y Nombre
Ruiz Ortiz, Bernabé
Sexo
Hombre
Fecha de nacimiento
18 junio 1912
Lugar de nacimiento
Altsasu-Alsasua
Provincia de nacimiento
Navarra
Profesión
Ferroviario
Organizaciones de militancia
UGT
Fecha de afiliación UGT
1931
Tribunal/es juzgador
Plaza de Pamplona
Nº causa/s
12486 (acumulado 16168)
Imputación delito
Adhesión la rebelión
Sentencia
30 años de reclusión mayor
Penas accesorias
Interdicción civil e inhabilitación absoluta durante la condena.
Cárcel/cárceles
Prisión Provincial de Pamplona (Navarra)
Conmutación de pena
Pena tras la conmutación
1 año de reclusión menor
Indulto
No
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
“El 20 de Julio de 1936, y después de declarado el estado de Guerra, huyó hacia Zumárraga, prestando primeramente sus servicios como ferroviario en esta estación, pasando después a Bilbao e ingresando en el ejército rojo, en el que prestó sus servicios en el Cuerpo de Sanidad Militar, actuando en diversos frentes del Norte, hasta el 21 de Octubre de 1937, y al huir en un barco, fue capturado por la Escuadra Nacional en alta mar procedente de Avilés”.
Observaciones
25 años, soltero, vecino de Alsasua (Navarra), hijo de Serafín Ruiz de Ormaita y de Gabriela Ortiz Amunárriz.
Según el acta de la Comisión Clasificadora de Prisioneros o Presentados de Santoña (Cantabria, fechada en 17-diciembre-1937, y sus propias declaraciones posteriores (21-marzo y 16-junio-1939), dijo estar afiliado a UGT desde 1931.
Al estallar laguerra, había ingresado en la Sanidad Militar, en Bilbao, a primeros de octubre-1936 y no había intervenido en hechos de armas. Fue clasificado en el apartado "C". Reducido a prisión en 21-octubre-1937. Ingresó en la Prisión Provincial de Pamplon a la espera de juicio en 9-marzo-1939.
Condenado en Consejo de guerra celebrado en 13-julio-1939 a la pena de 30 años de reclusión mayor, que extinguiría en 17-septiembre-1967; aprobada por el Auditor en 20-julio-1939.
En 14-agosto-1940 obtuvo la libertad condicional, y en 14-diciembre-1943 la conmutación por la pena de 1 año de reclusión menor que extinguiría de forma inmediata por haberla cumplido con exceso.