Redondo Blázquez, Martín

Ficha

Apellidos y Nombre
Redondo Blázquez, Martín
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Villa del Prado
Provincia de nacimiento
Madrid
Profesión
Jornalero
Organizaciones de militancia
UGT
Tribunal/es juzgador
Plaza de Madrid
Nº causa/s
127
Imputación delito
Adhesión la rebelión militar
Sentencia
12 años y 1 día
Cárcel/cárceles
Prisión de Partido de Arenas de San Pedro (Ávila)
Prisión Central de Astorga
Conmutación de pena
Pena tras la conmutación
4 años de prisión menor
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
“Que el Vecino de Villa del Prado procesado en este sumario, de indiscutible filiación izquierdista, de trayectoria social en pugna con el movimiento de derechas español, tiene el hecho en su contra de haber proferido gritos subversivos, de haberse destacado con su conducta en dar ejemplo a sus correligionarios marxistas, de haber sido afiliado a organizaciones sindicales, y en resumen una compenetración espiritual de aquellos individuos de los que la teoría penal de la defensa social, señala implacables con el dedo, camino de su eliminación. Pero, toda esta trayectoria nefasta para el movimiento de derechas y funesta para el interesado, lleva en sí un freno providencial para el inculpado, en postura de estricto derecho, todos los movimientos suyos, durante la etapa roja en Villa del Prado, no llevan ni sombra de punibilidad, desde ninguna doctrina ni escuela de derecho penal, a él se le asigna una función la de administrar una finca incautada por la UGT, él es su administrador, pero ni siquiera llega a hacerse incompatible con su antecesor, y ambos conviven bajo el mismo techo. Si a esto añadidos que en lugar tantas veces citado. No se ha consumido ningún delito en contra de las personas, ni de las cosas, hemos de estar indubitablemente una atenuación de los delitos de colectividad, que, al diluirse en individualidades, muy podrían cobijarse en la figura conocida como “Estado “de necesidad””.
Observaciones
43 años, casado, hijo de Pablo y de Isidra.
En su declaración reconoció estar afiliado a la UGT, pero " que si se afilió a tal entidad fue para lograr trabajo”. En la sentencia. sí se le acusó de mantener un cargo.
Entró en prisión el 18 de abril de 1937
Le fue conmutada la pena el 28 de julio de 1943