Redondo Blázquez, Martín
Ficha
-
Apellidos y Nombre
-
Redondo Blázquez, Martín
-
Sexo
-
Hombre
-
Organizaciones de militancia
-
UGT
-
Tribunal/es juzgador
-
Plaza de Madrid
-
Nº causa/s
-
127
-
Imputación delito
-
Adhesión la rebelión militar
-
Sentencia
-
12 años y 1 día
-
Conmutación de pena
-
Sí
-
Pena tras la conmutación
-
4 años de prisión menor
-
Fuentes documentales del proceso
-
Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
-
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
-
“Que el Vecino de Villa del Prado procesado en este sumario, de indiscutible filiación izquierdista, de trayectoria social en pugna con el movimiento de derechas español, tiene el hecho en su contra de haber proferido gritos subversivos, de haberse destacado con su conducta en dar ejemplo a sus correligionarios marxistas, de haber sido afiliado a organizaciones sindicales, y en resumen una compenetración espiritual de aquellos individuos de los que la teoría penal de la defensa social, señala implacables con el dedo, camino de su eliminación. Pero, toda esta trayectoria nefasta para el movimiento de derechas y funesta para el interesado, lleva en sí un freno providencial para el inculpado, en postura de estricto derecho, todos los movimientos suyos, durante la etapa roja en Villa del Prado, no llevan ni sombra de punibilidad, desde ninguna doctrina ni escuela de derecho penal, a él se le asigna una función la de administrar una finca incautada por la UGT, él es su administrador, pero ni siquiera llega a hacerse incompatible con su antecesor, y ambos conviven bajo el mismo techo. Si a esto añadidos que en lugar tantas veces citado. No se ha consumido ningún delito en contra de las personas, ni de las cosas, hemos de estar indubitablemente una atenuación de los delitos de colectividad, que, al diluirse en individualidades, muy podrían cobijarse en la figura conocida como “Estado “de necesidad””.
-
Observaciones
-
43 años, casado, hijo de Pablo y de Isidra.
-
En su declaración reconoció estar afiliado a la UGT, pero " que si se afilió a tal entidad fue para lograr trabajo”. En la sentencia. sí se le acusó de mantener un cargo.
-
Entró en prisión el 18 de abril de 1937
-
Le fue conmutada la pena el 28 de julio de 1943