Carretero Sanz, José
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Carretero Sanz, José
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Sexo
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Hombre
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Organizaciones de militancia
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UGT
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CNT
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Fecha de afiliación UGT
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1933
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Tribunal/es juzgador
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Plaza de Madrid
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Nº causa/s
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134093
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Imputación delito
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Rebelión Militar
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Sentencia
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30 años de reclusión
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Penas accesorias
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Inhabilitación por el tiempo de la condena
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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“Que el procesado, afiliado a la UGT con anterioridad al GMN y al partido Comunista a finales del año 1936 ingresando voluntariamente en el Ejército rojo en el que llegó a ostentar la graduación de Teniente, una vez que fue puesto en libertad a finales del año 1942, trató de ponerse en contacto con los elementos que él conocía, pertenecientes al partido comunista, logrando enlazar con un tal Mariano hacia el mes de Noviembre del indicado año, y siendo designado desde aquella fecha para ocupar el cargo de Secretario General del Sector Norte de Madrid, pero al ser detenido el referido Mariano permanece inactivo durante unos seis meses marchando después a Toledo para organizar en dicha capital y su provincia la llamada “Unión Nacional” de la que es dirigente principal en la misma. Posteriormente vuelve Madrid enlazando con José María Manzanares, así como con los llamados bandoleros de la ciudad, recibiendo órdenes de organizar algunos de estos grupos. Igualmente se pone en contacto con Mercedes Gómez Otero, ya sentenciada en otro procedimiento, y con un tal Hilario López Roca al que facilitó explosivos que luego colocó éste en la puerta de una Oficina de Turismo Alemana sita en la Calle de Alcalá de Madrid. Igualmente, este procesado, desde la fecha en que empezó a actuar en el seno del partido comunista clandestino de Madrid hasta su detención, ha estado en contacto directo con los más dirigentes del mismo, tales como Vitini, Zoroa, Carmona Valdeolivas y otros de notorio relieve que ya han sido sentenciados en otros procedimientos, condenados a la pena capital por su destacadísima actuación en hechos de sangre, no probándose, no obstante, que el procesado interviniera directamente en tal clase de hechos.”
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Observaciones
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31 años, soltero.
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En su declaración, dijo que “con anterioridad al GMN estaba afiliado a la sindical UGT desde el año mil novecientos treinta y tres, sin que llegara a ostentar cargo alguno”.
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Recibió la libertad condicional el 25 de junio de 1948.