Verdú Amoros, Gabriel
Ficha
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Apellidos y Nombre
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Verdú Amoros, Gabriel
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Sexo
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Hombre
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Lugar de nacimiento
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Algueña
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Organizaciones de militancia
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UGT
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PC
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Tribunal/es juzgador
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Plaza de Monóvar (Alicante)
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Nº causa/s
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2270
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Imputación delito
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Adhesión la rebelión
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Sentencia
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Pena de muerte
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Años de cárcel cumplidos
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9 años, 2 meses, 3 días
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Conmutación de pena
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Sí
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Pena tras la conmutación
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20 años y 1 día de reclusión mayor
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Indulto
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Sí
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Fecha indulto
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29 mayo 1948
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Fuentes documentales del proceso
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Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
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Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
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“afiliado al Partido comunista y sindical U.G.T. con antelación al Glorioso Movimiento Nacional. Después de haber ocurrido el asesinato de dos personas de derechas en el pueblo de su vecindad, entró a formar parte a mediados de Octubre de 1936 del segundo Comité revolucionario intervineindo en esta época, en la detención de sus convecinos, Sres. Albert y Espinosa, que juntamente con Tomás Mira y Don Vicente Pérez Escandell, fueron seguidamente asesinados, desmintiéndose rotundamente por individuos presentes aquellos hechos y comprendidos en este procedimiento que tratará de evitar la comisión del atropello, acreditándose encambio que después de la Liberación, ha coaccionado en la cárcel a uno de ellos para que manifestara en sus declaraciones que se interesó por la suerte de las víctimas , ha intervenido en detenciones y durante su actuación se emitieron informes contrario al detenidos de derechas y fueron Juzgados en Alicante por el llamado Tribunal deponiendo ante el mismo como testigo de cargo. Fue durante algún tiempo Concejal. Dispensó protección muy eficaz a un elemento de derechas perseguido por los rojos.”
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Observaciones
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30 años, casado, vecino de Algueña (Alicante), hijo de Francisco y Serafina
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Perteneció a la UGT y al PC antes del Glorioso Movimiento Nacional. Además prestó servicio como miliciano a las órdenes del Frente Popular (a mediados de cotubre de 1936)
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El procesado pidió la conmutación en tres ocasiones: la primera fue aprobada el 24 de septiembre de 1940 reduciendo su pena de muerte a 30 años de reclusión mayor; la segunda fue rechazada el 13 de marzo de 1943; y la última fue aprobada el 19 de febrero de 1944, reduciendo definitivamente su pena a 20 años y 1 día de reclusión mayor. Pero el 8 de julio de 1945 recibió la libertad condicional para el 29 de mayo de 1948 recibir el indulto sobre la pena impuesta.
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Entrada en la cárcel el 12 de abril de 1939 y salida el 15 de junio de 1948