Juan Collado, Juan

Ficha

Apellidos y Nombre
Juan Collado, Juan
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Adzaneta
Provincia de nacimiento
Castellón/Castelló
Profesión
Labrador
Organizaciones de militancia
UGT
Fecha de afiliación UGT
septiembre 1936
Tribunal/es juzgador
Plaza de Castellón
Nº causa/s
582-C-38
Fecha de la sentencia
9 diciembre 1938
Imputación delito
Adhesión a la rebelión
Sentencia
Reclusión perpetua
Cárcel/cárceles
Prisión Provincial de Castellón
Prisión Central de San Miguel de los Reyes (Valencia)
Conmutación de pena
Pena tras la conmutación
12 años de prisión mayor
Indulto
Fecha indulto
27 febrero 1947
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de Defensa
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
“Izquierdista, fue nombrado Alcalde por el Frente Popular en el mes de Marzo de 1936, en cuyo cargo continuó hasta Noviembre del mismo año en que se constituyó otra Gestora de la que también formó parte como Depositario de Fondos, fue miembro del Comité de Abastos y del Agrícola, multó a Joaquina Escrig con 1250 pesetas por ocultar al sacerdote Mosén Seguer, conminó con la detención al médico y practicantes municipales sino (sic) presentaba la domisión (sic), publicó un Bando ordenando la quema de objetos religiosos de las Iglesias y amenazó a diversas personas si los ocultaban, hizo la presentación de los oradores en un mitin del 1º de Mayo de 1938 de apología a las Brigadas Internacionales y durante su mandato como Alcalde se realizaron detenciones de personas de orden luego puestas en libertad, favoreció a diversas personas adictas al Glorioso Movimiento Nacional y a religiosos a quienes aconsejaba particularmente ocultaran dinero y objetos del culto, salvó a varios sacerdotes expidiendo salvoconductos e igualmente por su intervención se salva el Archivo Parroquial y otro y guarda hasta la liberación cierta cantidad de dinero perteneciente a Religiosas”.
Observaciones
40 años, vecino de Adzaneta (Castellón), casado, hijo de Juan y Encarnación.
Entró en prisión el 3 de julio de 1938.
En su declaración, de 5 de julio de 1938, hace constar “Que a primeros de septiembre de 1936 se fundó la UGT a la que se afilió”.
Se celebraron dos consejos de guerra previos al definitivo, ambos anulados por el auditor. En el primero de ellos era condenado a Reclusión perpetua, en el segundo a 6 meses y 1 día de prisión menor. Finalmente, la condena fue de reclusión perpetua
Se le concede prisión atenuada el 12 de mayo de 1941 y el 21 de diciembre de 1941 libertad condicional provisional.