Guzmán García, Manuel

Ficha

Apellidos y Nombre
Guzmán García, Manuel
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Elche de la Sierra
Provincia de nacimiento
Albacete
Profesión
Albañil
Organizaciones de militancia
UGT
CNT
Tribunal/es juzgador
Plaza de Valencia
Nº causa/s
17857-V-1939
85-V-1942
Fecha de la sentencia
14 noviembre 1941
22 marzo 1944
Imputación delito
(17857-V-1939) Adhesión a la rebelión
(85-V-1942) Adhesión a la rebelión
Sentencia
(17857-V-1939) 30 años de reclusión mayor
(85-V-1942) Pena de muerte
Ejecución
No
Cárcel/cárceles
Prisión Central de San Miguel de los Reyes (Valencia)
Conmutación de pena
Pena tras la conmutación
30 años de prisión
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de Defensa
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
(17857-V-1939): “Que desde el año mil novecientos treinta y uno venía perteneciendo a la UGT con anterioridad al Glorioso Movimiento Nacional, figuró en el comité como Delegado de Revisión de viviendas de la CNT. Durante su actuación se cometieron unos doce asesinatos sin que aparezca la intervención del comité en los mismos. En cierta ocasión se jactó de haber muerto una camionada de Fascistas”.
(85-V-1942): “De antecedentes izquierdistas, miliciano armado a las órdenes del Comité, participó en la detención y asesinato de ocho vecinos de Castellar y otros de Sollana, llevados a cabo en términos de Almusafes; intervino en el asesinado de Miguel Costa el 13 de Noviembre de 1936. Tomó parte en incendios, incautaciones y registros”.
Observaciones
43 años, vecino de Alfafar (Valencia), casado, hijo de José y Baldomera
En su declaración, de 1 de septiembre de 1942, hace constar que perteneció “a la sindical UGT, ramo de la construcción, y que en el año 1936 pasaron la CNT todo ramo de la construcción (sic)”
Procesado en dos ocasiones, fue condenado por primera vez a 30 años y en el segundo Consejo de Guerra, a pena de muerte, que le fue conmutada por la inmediatamente inferior.
Obtuvo la libertad condicional el 6 de octubre de 1952 y el licenciamiento definitivo el 28 de junio de 1938, con la aplicación de 3967 (11 años y 5 meses) de redención de pena por el trabajo