Ortiz Viudes, José
Ficha
-
Apellidos y Nombre
-
Ortiz Viudes, José
-
Sexo
-
Hombre
-
Lugar de nacimiento
-
Guardamar
-
Organizaciones de militancia
-
UGT
-
Tribunal/es juzgador
-
Plaza de Alicante
-
Nº causa/s
-
5117
-
Fecha de la sentencia
-
3 enero 1940
-
Imputación delito
-
Adhesión a la rebelión
-
Sentencia
-
30 años de reclusión mayor
-
Penas accesorias
-
Interdicción civil e inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena
-
Conmutación de pena
-
Sí
-
Pena tras la conmutación
-
20 años de reclusión menor
-
Indulto
-
Sí
-
Fecha indulto
-
28 abril 1948
-
Fuentes documentales del proceso
-
Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
-
Archivo de la Democracia. Universidad de Alicante
-
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
-
Según la sentencia, se declaraba probado que el procesado, “de antecedentes marxistas al iniciarse el Glorioso Movimiento Nacional fue miliciano armado y como maestro albañil de la confianza del Ayuntamiento cooperó a la requisa de material y herramientas de los demás compañeros de oficio, fue encargado de la demolición de la iglesia y yendo a Valencia con otros varios, pararon en Villajoyosa averiguando [que] se encontraba allí el convecino (sic) Santiago y Diego Fuentes Serrano, procediendo con los demás a su detención y entrega al alcalde de aquel pueblo, quien les negó a la vuelta la petición que le hicieron de llevárselos a Elche; días después y por gestiones alcalde de Elche fueron trasladados a aquella prisión de donde, entre otros, sacaron al primero y le dieron muerte”.
-
Observaciones
-
Natural de Guardamar y vecino de Elche. Albañil. Casado, de 48 años. Detenido y en prisión en Elche el 11 de junio de 1939, fue trasladado posteriormente al Reformatorio de Adultos de Alicante para comparecer ante el Consejo de guerra que se celebró el 3 de enero de 1940. En septiembre de 1941 se ordenó su conducción desde el Reformatorio de Alicante al campamento penitenciario de Belchite, para trabajar en Regiones Devastadas. En febrero de 1944 se le conmutó la pena original por la de 20 años de reclusión menor. El 29 de octubre de 1944 quedó en libertad condicional con destierro en Játiva. En libertad definitiva el 12 de mayo de 1948, por el indulto que le fue concedido en aplicación del decreto de 9 de octubre de 1945.
-
Penas de destierro
-
Sí
-
Destierro dentro de España
-
Sí
-
Fecha de inicio de destierro
-
29 octubre 1944
-
Fecha de fin de destierro
-
12 mayo 1948
-
Lugar de destierro
-
Játiva (Valencia)