Ortiz Viudes, José

Ficha

Apellidos y Nombre
Ortiz Viudes, José
Sexo
Hombre
Lugar de nacimiento
Guardamar
Provincia de nacimiento
Alicante/Alacant
Profesión
Albañil
Organizaciones de militancia
UGT
Tribunal/es juzgador
Plaza de Alicante
Nº causa/s
5117
Fecha de la sentencia
3 enero 1940
Imputación delito
Adhesión a la rebelión
Sentencia
30 años de reclusión mayor
Penas accesorias
Interdicción civil e inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena
Cárcel/cárceles
Prisión de Elche (Alicante)
Reformatorio de Adultos de Alicante
Campamento Penitenciario de Belchite (Zaragoza)
Prisión Provincial de Zaragoza
Conmutación de pena
Sí
Pena tras la conmutación
20 años de reclusión menor
Indulto
Sí
Fecha indulto
28 abril 1948
Fuentes documentales del proceso
Archivo General e Histórico de Defensa
Biblioteca Virtual de Defensa
Archivo de la Democracia. Universidad de Alicante
Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista
Según la sentencia, se declaraba probado que el procesado, “de antecedentes marxistas al iniciarse el Glorioso Movimiento Nacional fue miliciano armado y como maestro albañil de la confianza del Ayuntamiento cooperó a la requisa de material y herramientas de los demás compañeros de oficio, fue encargado de la demolición de la iglesia y yendo a Valencia con otros varios, pararon en Villajoyosa averiguando [que] se encontraba allí el convecino (sic) Santiago y Diego Fuentes Serrano, procediendo con los demás a su detención y entrega al alcalde de aquel pueblo, quien les negó a la vuelta la petición que le hicieron de llevárselos a Elche; días después y por gestiones alcalde de Elche fueron trasladados a aquella prisión de donde, entre otros, sacaron al primero y le dieron muerte”.
Observaciones
Natural de Guardamar y vecino de Elche. Albañil. Casado, de 48 años. Detenido y en prisión en Elche el 11 de junio de 1939, fue trasladado posteriormente al Reformatorio de Adultos de Alicante para comparecer ante el Consejo de guerra que se celebró el 3 de enero de 1940. En septiembre de 1941 se ordenó su conducción desde el Reformatorio de Alicante al campamento penitenciario de Belchite, para trabajar en Regiones Devastadas. En febrero de 1944 se le conmutó la pena original por la de 20 años de reclusión menor. El 29 de octubre de 1944 quedó en libertad condicional con destierro en Játiva. En libertad definitiva el 12 de mayo de 1948, por el indulto que le fue concedido en aplicación del decreto de 9 de octubre de 1945.
Penas de destierro
Sí
Destierro dentro de España
Sí
Fecha de inicio de destierro
29 octubre 1944
Fecha de fin de destierro
12 mayo 1948
Lugar de destierro
Játiva (Valencia)