Lancharro Rodríguez, Antonio

Ficha

Apellidos y Nombre

Lancharro Rodríguez, Antonio

Sexo

Hombre

Lugar de nacimiento

Provincia de nacimiento

Profesión

Organizaciones de militancia

UGT

Tribunal/es juzgador

Plaza de Badajoz

Nº causa/s

1745
729/37

Imputación delito

Rebelión Militar

Sentencia

Pena de muerte

Ejecución

No

Conmutación de pena

Pena tras la conmutación

20 años de reclusión menor

Fuentes documentales del proceso

Archivo Militar de Guadalajara. Sección: Muerte, Caja 180, Expediente 14620
Archivo General e Histórico de Defensa

Resultando hechos probados según la sentencia del tribunal franquista

"Presidente de la Federación de Trabajadores de la Tierra para asuntos sociales". participó en la resistencia a la entrada de los sublevados en Monasterio
“Que a partir del dieciocho de junio de 1936, los elementos marxistas de Monesterio, secundando la actitud de los de otros pueblos de España organizaron la resistencia en fincas y abierta rebeldía contra el ejército en ejecución de la cual el diecinueve del mismo mes, sobre las tres y media de la tarde llegó a dicha villa un coche turismo cargado de armas, dirigiéndose al domicilio del alcalde ante la puerta del cual se congregó gran cantidad de público entre el que aquella fueron repartidas y ya perfectamente armados los elementos revolucionarios, animados por el ejemplo del vecino pueblo de Fuente de Cantos en que había sido asaltado e incendiada la Iglesia y alentados por la escitaciones (sic) de otras personas se dirigieron al asalto del cuartel de la Guardia Civil, contra el que abrieron nutrido fuego desde las esquinas, calles y casas próximas, defendiéndose heroicamente los guardias en la casa cuartel, resultando a consecuencia del tiroteo el guardia civil don Francisco Gravera Martínez muerto; muriendo así mismo por parte de los asaltantes Francisco Parras Jergas y José Parra Rubio y el paisano que cruzaba al azar por las inmediaciones al lugar de autos, Eladio Bayón Villanva, simultáneamente se dirigieron a la iglesia parroquial a la que prendieron fuego profanandola y destruyendola por la gasolina causando en el templo por valor de ciento setenta y cinco mil trescientas y cinco pesetas, a la vez que indistintamente estos grupos y otros elementos asaltaban e incendiaban y destruían los domicilios de Don Santiago Blanco en el que causaron daños por valor de novecientas setenta pesetas, el de Doña Carmen Morales en el que ocasionaron daños tasados en cuatrocientas setenta pesetas, el de Don Esteban Garrón el que resultó con daños de seis mil treinta y cinco pesetas, y el de don Vicente Rodríguez Núñez, que produjeron igualmente daños tasados en trescientas y cinco pesetas, continuando las turbas revolucionarias su labor de destrucción y de muerte disparando contra Don Santiago Blanco Garrón y Don Cecilio Calderón Naranjo a los que causaron distintas lesiones, de las que tardaron en curar cuatro meses y veinticuatro días, durante los que necesitaron asistencia facultativa y estuvieron impedidos para sus ocupaciones habituales, restableciéndose aparentemente el orden con la llegada de refuerzos de la Guardia Civil, que llegaron en socorro de los sitiados pero continuando la dominación roja, con su imprescindible obligada secuela de atropellos y vejaciones, robos y saqueos hasta que con la liberación del pueblo por el ejército se impuso definitivamente el bienestar y el orden la paz y la justicia. Igualmente probado y así se declara que los procesados que a continuación se expresan interviniendo en la ejecución de los hechos que se mencionan en el procedimiento resultando a través de las siguientes actividades: ANTONIO LANZHARRO RODRIGUEZ , (A) TEORO, de treinta y ocho años natural y vecino de Monesterio de mala conducta sin antecedentes penales, y de filiación marxista presidente de la Federación de Trabajadores de la tierra para Asuntos Sociales, haciendo fuego con un revólver contra el cuartel de la Guardia Civil, desde el balcón de una de las casas próximas al edificio asaltado y colocándose después desde una esquina desde la que continuó haciendo fuego.”

Observaciones

Preso en febrero de 1937, por si alguien algún día quiere localizar a la gente de izquierdas en monasterio, aquí están uno tras otro todos los expedientes
La sentencia se dictó el 27 de mayo de 1938

Conjuntos de fichas